Los demandantes de vivienda interesados en arrendar a través de este programa deberán inscribirse en el Registro de demandantes de vivienda en alquiler del Gobierno de La Rioja Para ello será necesario cumplimentar la oportuna solicitud. En dicha solicitud deberán constar los datos identificativos de todos los solicitantes, su situación económico-laboral, con mención expresa de los ingresos actuales y del ejercicio fiscal anterior con plazo de presentación vencido, su solvencia económica por el plazo de cinco años o del fiador, en su caso, así como las condiciones de la vivienda que se demanda, precio, ubicación, superficie y cualquier otro de interés.
La inscripción de los demandantes de vivienda en la Bolsa de Vivienda en Alquiler del Gobierno de La Rioja tendrá una vigencia de tres años, transcurridos los cuales caducará automáticamente procediendo el gestor sin ulterior trámite o aviso a cursar la baja de la inscripción en el programa. Las inscripciones podrán renovarse por plazos iguales de tres años a petición del interesado sin que exista límite al número máximo de posibles renovaciones.
Los propietarios interesados en arrendar su vivienda a través de la Bolsa de Vivienda en Alquiler del Gobierno de La Rioja deberán aceptar precio máximo de alquiler de la vivienda efectuada por los gestores del programa. Este precio de alquiler máximo podrá fijarse a la vista del reportaje fotográfico completo aportado por el propietario, reservándose en todo caso los gestores del Instituto el derecho a visitar la vivienda para contrastar su estado, las condiciones de ocupación y la veracidad del reportaje presentado.
El propietario y el gestor acordarán el importe del arrendamiento siempre dentro del máximo establecido por el Instituto.
En el supuesto de viviendas libres el importe del arrendamiento inicial no podrá superar en ningún caso la cantidad de 450 €/mes. Estos precios máximos incluyen los de los anejos vinculados o no a la vivienda que fueran objeto de arrendamiento en el mismo contrato de arrendamiento de la vivienda.
Si se trata de vivienda protegida, el importe del arrendamiento no podrá superar el límite máximo establecido por la normativa sectorial.
Alcanzado el acuerdo sobre el importe de la renta, el gestor y el propietario firmarán la Nota de Encargo en virtud de la cual el gestor se compromete a realizar en exclusiva las actuaciones oportunas para arrendar la vivienda entre los demandantes inscritos, por un plazo de dos meses a contar desde la fecha de su firma, con posibilidad de prórroga por iguales periodos, previo acuerdo de ambas partes. Una vez firmada la Nota de Encargo, el propietario entregará las llaves al gestor en cualquier momento a requerimiento de éste. En la Nota de Encargo deberá constar expresamente, además de los datos identificativos de los propietarios, la ubicación, descripción y superficie de la vivienda y anejos, el precio del arrendamiento, los gastos de comunidad y el importe de la fianza.
En el momento de la firma de la Nota de Encargo el propietario deberá la siguiente documentación, original y copia compulsada de la siguiente documentación:
Una vez firmada la Nota de Encargo y recibida la documentación indicada, la vivienda quedará inscrita y registrada en la Bolsa de Vivienda en Alquiler del Gobierno de La Rioja.
La firma de la solicitud y de la nota de encargo implicará la autorización al Instituto de la Vivienda de La Rioja y a otras Administraciones Públicas o Entidades sin ánimo de lucro conveniadas, para recabar los datos que obren en poder de otras Administraciones o de sus Organismos Públicos que resulten necesarios para realizar las actuaciones propias de la gestión de la Bolsa de Vivienda en Alquiler del Gobierno de La Rioja, así como para comprobar la veracidad de los datos consignados en dicha solicitud y nota de encargo.

Oficina principal: C/ General Urrutia 10-12, bajo. Logroño. Teléfono: 941 22 79 00 (promociones VPO)
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