Instituto de la Vivienda de La Rioja

Logotipo IRVI

Vivienda en alquiler

Programa bolsa de vivienda en alquiler del Gobierno de La Rioja 2012

Procedimiento para la ayuda al cuidado y conservación de la vivienda

Para obtener esta garantía, como cobertura complementaria a las responsabilidades del inquilino, será preciso que se acredite una antigüedad mínima de duración del alquiler de VEINTICUATRO MESES. Con carácter previo a la firma del contrato de arrendamiento se aportará un reportaje fotográfico exhaustivo de la vivienda que acredite las condiciones de la vivienda inmediatamente antes de ser ocupada por el inquilino.

Si se solicita la elaboración del reportaje por IRVI, S.A., se obtendrá en un plazo máximo de quince días desde que las partes comprometan el alquiler.

La parte arrendadora deberá comunicar al Instituto la fecha de la resolución del contrato de arrendamiento con un plazo mínimo de treinta días de antelación al día previsto para la entrega de llaves.

Si el arrendador interesa se sustancie este procedimiento, el Área de Bolsa señalará día y hora para la visita técnica de la vivienda, aconsejando para ese mismo momento la entrega de llaves.

Realizada la visita técnica de comprobación de estado de la vivienda, la Oficina Técnica de IRVI emitirá, en plazo de quince días, un informe facultativo de constatación de daños individualizados y su valoración económica.

La Asesoría Jurídica del Instituto emitirá informe de imputación de los daños constatados y valorados.

El Área de Bolsa pondrá en conocimiento de la propiedad la necesidad de efectuar la reparación pertinente como condición necesaria para el cobro de la ayuda.

La propiedad deberá acreditar la reparación con aportación de factura justificativa. También podrá acreditarla interesando visita técnica de constatación de la reparación.

Sustanciados los trámites anteriores, el Área de Bolsa emitirá informe proponiendo el pago correspondiente a las reparaciones efectuadas por desperfectos o daños imputados al inquilino, descontando previamente el importe de la fianza, si ésta no hubiera sido detraída por el Instituto en concepto de garantía de cobro de rentas. En cualquier caso, el importe propuesto para el pago se hallará dentro de los límites contenidos en la siguiente tabla:

DURACIÓN DEL CONTRATO

CANTIDAD MÁXIMA A ABONAR

PARA CONTRATOS DE DOS AÑOS 600 €
PARA CONTRATOS DE TRES AÑOS 900 €
PARA CONTRATOS CUATROS AÑOS 1.200 €
PARA CONTRATOS DE CINCO AÑOS 1.500 €

Con la supervisión de la Coordinación de Programas la Gerencia de IRVI, S.A. autorizará el pago.

El cobro efectivo de esta ayuda implica para el arrendador la subrogación expresa a favor de IRVI, S.A. en cuantas acciones le sean en corresponder frente al arrendatario para que, en atención a las circunstancias concurrentes e importe soportado, el Instituto se reintegre de las cantidades abonadas si lo considera oportuno.

Oficina principal: C/ General Urrutia 10-12, bajo. Logroño. Teléfono: 941 22 79 00 (promociones VPO)

Información y atención sobre Bolsa de Alquiler, Registro e Hipoteca Joven exclusivamente con cita previa en el teléfono 902 077 941

Fax Promoción VPO, Bolsa de Alquiler y Registro: 941 22 31 33 / Fax Hipoteca Joven: 941 21 67 27

Oficina Ayudas Alquiler: C/Marqués de San Nicolás 37, bajo. Logroño. Teléfono: 902 077 941. Fax Oficina Ayudas Alquiler: 941 27 22 78

Dirección electrónica de contacto: irvi@irvi.es